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Servicio al Ciudadano
Subsidio al Desempleo

¿Qué es el subsidio al desempleo?
Es un recurso destinado a mejorar las condiciones de vida de la población desempleada cabeza de hogar a través de la entrega de subsidios destinados a cubrir necesidades en aspectos tales como alimentación, educación y salud.
Sus recursos son parte del Fondo para el Fomento al Empleo y Protección del Desempleo (FONEDE) creado mediante la Ley 789 de 2002.
¿Quiénes pueden acceder al subsidio al desempleo?
El Gobierno Nacional determinó que el subsidio está destinado a los jefes cabeza de hogar desempleados que hayan estado afiliados a las Cajas de Compensación durante doce meses continuos o discontinuos dentro de los tres años anteriores a la fecha de solicitud de dicho subsidio.
Los jefes cabeza de hogar desempleados sin vinculación anterior a las Cajas de Compensación también pueden solicitar el subsidio al desempleo, pero se dará prioridad a los deportistas, escritores o artistas.
¿Quién es considerado jefe cabeza de hogar desempleado?
La persona que demuestre haber sido afiliada anteriormente (como cotizante y no como beneficiario) a una EPS o a una Caja de Compensación, con personas a cargo y que al momento de recibir el subsidio al desempleo no se encuentre afiliada ni a una EPS, ni a una Caja de Compensación, como cotizante o como beneficiario
¿Cuál es el monto del subsidio al desempleo?
Actualmente está determinado un monto equivalente a un salario y medio mínimo legal mensual vigente, el cual se divide y otorga en seis cuotas mensuales iguales, que podrán hacerse efectivas a través de aportes al sistema de salud, bonos alimenticios y/o educación, según la elección que haga el beneficiario.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el subsidio de desempleo en las Cajas de Compensación Familiar?
Para personas con vinculación anterior a Cajas de Compensación Familiar
• Ser Jefe Cabeza de Hogar desempleado y con personas a cargo (hijos, padres o cónyuge).
• No estar afiliado a ninguna EPS ni Caja de Compensación ni como cotizante ni como beneficiario.
• Haber estado afiliado a alguna Caja de Compensación, mínimo 12 meses continuos o discontinuos, dentro de los 3 años anteriores a la postulación.
• No tener contrato de trabajo vigente.
• Carecer de ingreso económico (ni el postulante ni las personas a cargo).
Para las personas sin vinculación anterior a Cajas de Compensación Familiar
• Ser Jefe Cabeza de Hogar desempleado y con personas a cargo (hijos, padres o cónyuge).
• No estar afiliado a ninguna EPS ni Caja de Compensación ni como cotizante ni como beneficiario.
• No tener contrato de trabajo vigente.
• Carecer de ingreso económico (ni el postulante ni las personas a cargo).
¿Cómo se puede tener acceso al subsidio al desempleo y cómo se puede tramitar?
El Gobierno nacional estableció el subsidio temporal al desempleo para las personas que han perdido o no cuentan con empleo. Este subsidio fue creado a través de la Ley No. 789 de 2002 y reglamentado por los Decretos 2340 y 3450 de 2003 y 586 de 2004.
En ellos, se estableció que este será otorgado únicamente por las Cajas de Compensación Familiar existentes en el país, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por las normas legales, por lo tanto, los solicitantes deben dirigirse a la Caja de Compensación Familiar mas cercana a su residencia y realizar la solicitud de manera individual, este trámite no tiene costo alguno. El Ministerio de la Protección Social no interviene en su adjudicación.
Esta información fue extractada de la página web www.minproteccionsocial.gov.co
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